ORD. NRO. 3246/16.-
CONFITERIAS BAILABLES, DISCOTECAS, DISCOS, SALAS DE BAILE, CLUBES, CONFITERIAS, BARES, DANCING, CABARETS, BOITES, ETC.
Requisitos:
- Registro de Oposición según Ord. 2954/08
- Zonificación.
- D.N.I., del titular o responsable de la persona jurídica del local.
- Si es Sociedad, deberá acompañar copia autenticada del contrato social y nómina de autoridades c/datos personales. Las asociaciones deberán acreditar la constitución y designación de autoridades debidamente certificada. Las sociedades irregulares o de hecho, deberán presentar la documentación firmada por todos los socios en forma individual con su certificación, designando la persona autorizada p/ realizar los tramites.
- Copia de la inscripción en la A.F.I.P. y G.R.P.
- Titulo de Propiedad del inmueble a fin de acreditar la titularidad del dominio. Y libre deuda de las tasas por Servicios Públicos y Sanitarios.
- Del Contrato de Locaciòn, Comodato o Cesiòn de Lugar, con firmas certificadas ante Escribano o Juzgado de Paz.
- Antecedentes comerciales, contravencionales y penales que se registren, según certificación emitida por autoridad competente, Registro de Juicios Universales, Policia Bonaerense y Registro Nac. De Reincidencia y Estadística Criminal.
- Seguro contra riesgo de incendio y de vida y accidentes p/ el público concurrente
- Antecedentes en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos
- Informe de Bomberos de Junin.
- Detalle de las medidas de seguridad, (plano electromecánico).
- Presentar un informe técnico sobre Acústica y de Vibraciones, firmado por un profesional con incumbencia, avalado por el Colegio de Profesional respectivo, (s/Ord. 2736/02)