INSCRIPCIÓN EN REGISTRO PROVINCIAL DE COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

Sólo podrán comercializar aquellos que cuenten con la Licencia Provincial para la comercialización de Bebidas Alcohólicas y se encuentren inscriptos en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, creado por Ley 13.178. No podrán comercializar aquellos comercios destinados a los rubros denominados kioscos –kioscos polirrubros – estaciones de servicios y sus anexos, como así tampoco vendedores ambulantes.

Requisitos:

Personas físicas:

1. Habilitación municipal / autorización municipal para realización de evento (categoría “D”).
2. Inscripción o última declaración jurada de Ingresos Brutos.
3. Pago del canon correspondiente a la categoría.
4. Para el caso de los distribuidores, declaración jurada de la zona de distribución.
5. Documento Nacional de Identidad y, si no es el titular del comercio, poder del solicitante.

Personas Jurídicas:

1. Habilitación municipal / autorización municipal para realización de evento (categoría “D”).
2. Inscripción o última declaración jurada de Ingresos Brutos.
3. Pago del canon correspondiente a la categoría.
4. Para el caso de los distribuidores, declaración jurada de la zona de distribución.
5. Documento Nacional de Identidad y, si no es el titular del comercio, poder del solicitante.
6. Estatuto de la sociedad.
7. Última designación de autoridades.